Por Decisión N° 407/2010 se con base a la disposición legal prevista en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, que interpuso la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Mérida, en relación a la denuncia formulada por el ciudadano CÉSAR EDGARDO MORENO VIELMA, ampliamente identificado en autos, y en consecuencia ordena la devolución de las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 ejusdem, en la oportunidad legal correspondiente. Notifíquese a la Fiscalía del Ministerio Público y a la víctima.-