Por mérito a lo expuesto, este tribunal considera que no existen elementos para considerar que los adolescentes participaron en la comisión del delito de robo leve, en perjuicio de la ciudadana INFORMACIÓN OMITIDA; en consecuencia EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY; se desestima la solicitud de aprehensión en flagrancia interpuesta por la Ciudadana Fiscal del Ministerio Público y se acuerda la libertad plena e inmediata de los imputados. Líbrese boleta de libertad.-----------------
Se acuerda la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Décima Segunda del Ministerio Público para que siga los trámites del procedimiento ordinario. ------------------------
LA JUEZ PROVISORIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 1
ABOG. MELISA QUIROGA DE SANCHEZ.
LA SECRETARIA
ABOG. ARLENIS LARA GALAVIS.
En la misma fecha y conforme al auto que antecede se libró boleta de libertad Nº________
LA SRIA