Primero: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos JOSE ENRRIQUE ALTUVE ROJAS y ALBEIRO MENDEZ, contra la Empresa Mercantil "HOTEL PARK C.A." por salarios retenidos, todos plenamente identificados en las actas procesales. Segundo: Se condena a la Empresa Mercantil "HOTEL PARK C.A." a cancelarle al ciudadano ALBEIRO MENDEZ la cantidad de DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 19.800,92), y al ciudadano JOSE ERRIQUE ALTUVE LOBO la cantidad de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES CON SETENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 18.919,72), por el concepto indicado en la parte motiva del presente fallo. Tercero: Se ordena la indexación sobre la cantidad condenada a pagar por los conceptos indicados en la parte motiva de este fallo, cómputo éste que se realizará desde la notificación a la demandada esto es desde el 04 de mayo de 2010 hasta que la sentencia quede definitivamente firme, excluyendo los lapsos de recesos judiciales. Dicha indexación será calculada.....