DISPOSITIVA
En consecuencia este tribunal en Nombre de la República por Autoridad de la Ley Acuerda: Se Declara con lugar la solicitud de Calificación de Aprehensión en Flagrancia Cuyo hecho fue precalificado como ROBO AGRAVADO en tentativa tipificado en el artículo 458 y 80 del Código Penal, en contra del adolescente identificado anteriormente y sancionado en el artículo 620 de la Ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. b) No se decreta medida cautelar "no" privativa de libertad de conformidad con el artículo 582 letra "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. c) Se homologa la conciliación, de conformidad con 565 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. e) DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, por cumplimiento de la conciliación.. Líbrese la boleta de excarcelación, siendo trasladado el adolescente al INAM , al área de protección para que sea entregado a su representante legal de .....