En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana OLGA RIVAS HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad número V-8.002.162, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, contra su cónyuge ciudadano WILIAN JOSE SILVA TORRES, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 4.932.132 domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, por abandono voluntario que hace imposible la vida en común de los cónyuges, y por consiguiente se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges con arreglo a matrimonio civil celebrado por ante la PREFECTURA CIVIL DEL MUNICIPI.....