ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIVAS DAVILA Y PADRE NOGUERA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de HOMOLOGACIÓN DE ACUERDO PRIVADO presentada por los ciudadanos ANASTACIO RAMON GAITAN MARTINEZ, DOMINICA GAITAN ROA y JOSE REILI GAITAN ROA, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V.- 6.729.997, V.- 16.907.126 y V.- 16.907.124, todos domiciliados en el sector La Aldea Las Tapias, Sector El Tejar, del Municipio Rivas Dávila del Estado Bolivariano de Mérida, y hábiles, debidamente asistidos en este acto por la Abogado en ejercicio ciudadana: ALEJANDRA CAROLINA MOLINA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 20.395.400, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 272.329, con domicilio procesal en la Parroquia Gua.....