ESTE JUZGADO EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: El sobreseimiento de la causa, en aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 415 y 108 ordinal 5º del Código Penal, seguida al imputado HENNRRY JOSÉ PERNÍA, titular de la cédula de identidad N° 10.242.404, Venezolano, natural de Santa Bárbara del Zulia, Estado Zulia, soltero, residenciado en La Blanca, a dos cuadras del Restaurant La Campiña, al lado del depósito Harina Pan, El Vigía, Estado Mérida, por el delito de LESIONES MENOS GRAVES, cometido en perjuicio de GOMESAQUIRA DE MÉNDEZ ROSA MARÍA, Venezolana, natural de El Vigía, titular de la cédula de identidad Nº V-9.395.417, residenciada en el Barrio La Blanca, entrada al restaurant La Campiña, al lado de la Bodega Los Andes, El Vigía, Estado Mérida. S.....