Considera esta Juzgadora que la Defensa Privada representada por el Abg. ALEX PEREIRA con escrito de recusación en contra de esta Juzgadora y acompañado de una denuncia infundada, ofende la majestad del Tribunal que durante la audiencia señalada cumplió con lo establecido en la Legislación, observando que lo pretendido con el mencionado escrito es dilatar aún más la fase de ejecución de la presente causa, tratando de hacer ilusoria la sentencia de fecha 13-06-2005. Este irreverente escrito acompañado de denuncia causa sorpresa a esta Juzgadora y a los efectos de preservar la Administración de Justicia, la cual en esta causa se ha conservado y por cuanto existe otro Tribunal de Ejecución el cual de la misma forma que este puede continuar conociendo de la presente causa, procede esta Juzgadora a inhibirse de seguir conociendo de la presente causa, de conformidad al artículo 86 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Pena. Invocando como prueba de mi imparcialidad la audiencia de f.....