DECISION
Por todos los argumentos anteriormente señalados, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base en los artículos, 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO Y LA FIRMA de la ciudadana DIGNA ROSA GUTIERREZ VIUDA DE MENDEZ, titular de la cedula de identidad Nro. 4.470.210, estampada en el documento privado de fecha 13 de diciembre de 2010, suscrito en Tovar, Municipio Tovar del Estado Mérida, que obra al folio 2 del presente expediente, todo de conformidad con lo previsto en el articulo 444 del Código de Procedimiento Civil. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada en el Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero .....