DISPOSITIVA
Por las consideraciones ya expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTE y BASTANTES, las presentes actuaciones con fundamento en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TÍTULO ASEGURATIVO, del Derecho que les asiste a las Solicitantes ya identificadas; en consecuencia DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la solicitud de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, formulada por la Ciudadana: ROD YANAY RAMIREZ TERAN, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.031.120, domiciliada en Mérida Estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por la Abogada LUZ MARINA FIGUEROA DE CODINA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.097.288, ins.....