Este Tribunal otorga la Suspensión Condicional del Proceso a la ciudadana CELIA ABREU, quien es venezolana, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad N° V. 10.402.314, residenciada en el sector San Rafael del pueblo La Inmaculada, calle San Benito, casa S/N, entrando por la Carpintería Santa María, Nueva Bolivia Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana BETTY DEL CARMEN HERNANDEZ MONTES, por el lapso de UN AÑO, imponiendo el Tribunal las siguientes condiciones: 1) No cometer otro ya que s e le revocará el Beneficio acordado. 2) Permanecer en su lugar de residencia. 3) Continuar y finalizar su escolaridad básica. 4) No salir de la Jurisdicción del Estado Mérida sin la autorización del Delegado de Prueba. 5) Cualquier otra que le imponga el Delegado de Prueba, quien ejercerá el Control y Vigilancia de la ciudadana Celia Abreu. Finalizado el.....