DISPOSITIVO.
En fuerza de las razones expuestas, este Tribunal de TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara la INCOMPETENCIA PARA CONOCER DE LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO, y en consecuencia se ORDENA remitir la actuaciones de la presente causa al Tribunal de Superior en lo Civil, Mercantil, y Contencioso Administrativo, de la Circunscripción Judicial de la región Los Andes, con sede en la Ciudad de Barinas Estado Barinas, órgano competente para el conocimiento de la presente causa.-
Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Mencionado Juzgado y déjese copia certificada de esta decisión, en este despacho, a los fines de su archivo.-
La Jueza,
Dra. Beatriz Ceballos Ruiz
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