DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLAR
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 16/05/2019, interpuesta por la parte co-demandada ciudadana Virna Beatriz Meneses Moreno, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.400.866, asistida por el abogado en ejercicio Daniel Sánchez Maldonado inscrito en el Inpreabogado bajo el número 73.648, sobre los inmuebles objeto de la presente medida. Propiedad de la parte demandada de autos, según documentos de fecha 22 de enero de 2015, matriculado con el Nº 373.12.8.4.1534, correspondiente al libro real del año 2015 y documento numero 2015.110 matriculados con el n 373.12.8.4.1533, cuyas medidas, lind.....