DISPOSITIVA: El Juzgado en cumplimiento a la medida de embargo preventivo ordenado por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción judicial del Estado Mérida se trasladó y constituyó en el inmueble señalado por la parte actora y embargó preventivamente el mobiliario señalado por la parte actora por la cantidad de Bs. 13.800,00. CONCLUSIÓN: La referida comisión es devuelta cumplida al Juzgado de la Causa.