este TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: UNO: De conformidad con los artículos 26, 44, y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 1, 244 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensora Pública Abg. YADIRA UREÑA, y DECRETA EL CESE de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a favor de: OSCAR ALI MARÍN, venezolano, natural de Santa Cruz de Mora, Estado Mérida, de 40 años de edad, nacido en fecha 29-03-68 soltero, profesión cabillero , titular de la cedula de identidad N° 10.896.502, hijo MARCOS PARRA (v) y DORALINA MARÍN (v), con sexto grado de instrucción, residenciado en urbanización La Pedregosa, Bloque 29, apartamento 04, El Vigía, Estado Mérida, numero telefónico 0414-0806810 de JAVIER MARÍN hermano del.....