En consecuencia de lo expuesto previamente, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Mérida, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Sin Lugar la cuestión previa del ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la parte demandada ciudadano TULIO JOSÉ RUÍZ OVALLES, venezolano de mayor edad, titular de la cédula de identidad n° 5.197.308, en la presente causa que contra él acciona el ciudadano CARLOS EDECIO RUÍZ OVALLE, venezolano de mayor edad, titular de la cédula de identidad n° V-8.043.413, con motivo de establecimiento de servidumbre de paso.
Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circ.....