Se ABSUELVE al ciudadano JHON REINALDO DUGARTE ALTUVE, ERICK JAVIER RIVAS GOMEZ y DAVID RICARDO DAVILA MOLINA, ya identificados, por el delito de ASALTO A TRANSPORTE PÚBLICO, previsto en el artículo 357.3 del Código Penal, en perjuicio de MARIA MERCEDES ZAGARRA RIVAS y MARIA DOLORES RIVAS ACOSTA, que le atribuía la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de ésta Circunscripción Judicial, por considerar éste Juzgador que las pruebas incorporadas durante el debate permitieron dar por demostrado el cuerpo del delito; sin embargo, resultaron insuficientes para convencer más allá de toda duda razonable con respecto a la participación o responsabilidad penal de los acusados en la comisión del citado hecho punible