"...este Juzgado Segundo De Los Municipios Libertador Y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano Leonardo José Reinoza Rodríguez, asisitido por el abogado en ejercicio Jhor Ángel Fajardo Medina, contra la Sociedad Mercantil "OPERADORA LAKE PLAZA, C.A." (HOTEL PARAMO DE LA CULATA), por su presunta negativa de acatar la Providencia Nº. 00120-2009, dictada el 20 de octubre de 2009, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MÉRIDA. Así se decide..."