declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos EDGAR JOSE ROJAS SALAS y ROSA ELENA CONTRERAS BUITRAGO, identificados en autos, quienes contrajeron matrimonio en fecha trece (13) de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis (1.986) contrajeron matrimonio civil, por ante la Prefectura Civil de la Parroquia el Llano (hoy Registro Civil) según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 277