Con fuerza en la argumentación precedente, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 108.5, 109 y 110 todos del Código Penal, en concordancia con los artículos 31, numeral 2, literal b, 33.4, 48.8, 318.3 y 319 todos del Código Orgánico Procesal Penal, se sobresee la presente causa seguida en contra de los acusados Haydee Dávila Balza, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.453.549, soltera, abogada, domiciliada en la calle 15, casa N° 5-58, entre avenidas 5 y 6, Mérida, Estado Mérida y Arnaldo José Paolini Andressen, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.664.066, soltero, productor agropecuario, domiciliado en la Urbanización Don Perucho, Av. 1, casa N° 67, El Arenal, Estado Mérida, quienes fueron defendidos por los profesionales del .....