Este Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora.- CONCLUSIÒN: Este Tribunal de conformidad con el artículo 599 ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil, secuestro el inmueble y lo depósito en la persona de su propietaria Ciudadana: Maxicela Adrián Romero, con cédula de identidad Nº V- 4.741.744, representada en este acto por su Apodera Judicial Abogada Leix Teresa Lobo, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.297.575, quién estando presente lo recibió totalmente desocupado de personas y cosas, y en las condiciones descritas por el practico nombrado y acordó remitir cumplida la presente Comisión al Comitente dejando en su ligar copia fotostática certificada de todas sus actuaciones para el archivo del Tribunal