"...este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de divorcio 185-A, interpuesta por los ciudadanos Sandra del Carmen Zambrano Marques y Adelmo Zambrano Rojas, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de la cédula de identidad Nºs V- 15.074.294 y V- 12.487.063 en su orden y Civilmente hábiles y en CONSECUENCIA, se declara DISUELTO el VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Chiguara del Municipio Sucre del Estado Mérida , en fecha 09 de agosto de 1996. Así se decide..."