DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, al criterio Doctrinal y Jurisprudencial, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Declara Incompetente por el Territorio para conocer de la presente causa y solicita de oficio la Regulación de la Competencia ante el Tribunal Superior (Distribuidor) Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida; con fundamento en lo dispuesto en los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil. Ofíciese y remítase las presentes actuaciones.
Para darle cumplimiento a lo ordenado en el artículo 248 eiusdem, déjese copia certificada de la anterior decisión. Cúmplase.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL QU.....