PRIMERO: Decreta con lugar la Aprehensión en Situación de Flagrancia de los ciudadanos EDISON RAFAEL PAYARES ANILLO y LARRY JOSE URDANETA GARCIA, ya identificados, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de los ciudadanos MIGUEL ANGEL DAVILA ARAUJO y JOSE CAMILO BARRIOS ROMERO, por encontrarse llenos los extremos a que se contrae el artículo 248 del COPP y así se decide.
SEGUNDO: Se decreta con lugar el Procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 del COPP, acordando remitir las actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Mérida, una vez vencido el lapso de ley, y así se decide.
TERCERO: Se le impone a los imputados de autos la medida cautelar sustitutiva contenida en los artículos 258 del COPP, y en los ordinales 3° y 4º del artículo 256 eiusdem, consistente en la presentación de dos fiadores, en la presentación por ante el Cuerpo de Alguaci.....