En fuerza de las anteriores razones de hecho y derecho, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada Leira Matheus de Moreno, con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, en cuanto al vicio de inmotivación delatado en esta Segunda Instancia contra la sentencia proferida por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha dieciocho (18) de octubre del año 2006.
SEGUNDO: Se anula el fallo proferido por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en fecha dieciocho (18) de octubre del año 2006, de conformidad con el artículo 160 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Inadmisibl.....