DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: ordena la práctica de experticia sobre el registro de vehículo Nº 92-187241, a los fines de poderse pronunciar este Tribunal sobre la solicitud de entrega del vehículo.
El fundamento legal de la presente decisión se encuentra en los artículos 2, 26, 27, 51, 115, 253 y 257 Constitucional; artículos 2, 4, 7, 13, 19, 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al solicitante, a la Fiscalía del Ministerio Público y ofíciese al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Mérida, remitiendo el registro de vehículo para el fin indicado. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal de Control nro. 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, a los cinco.....