"...este Juzgado de los municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.133, 1.159 y 1.160 del Código Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Oferta Real de Pago y consecuente depósito, interpuesta por el abogado en ejercicio Carlos Luis Matos Barón, actuando con el carácter de apoderado judicial de Mercantil, C.A. Banco Universal, antes identificados, en contra de la Sociedad Mercantil, "LOS CONQUISTADORES HOTEL – RESORT", C.A., antes identificada. Así se decide..."