El Juez Ejecutor de Medidas procede a hacerle formal entrega en posesión a la ciudadana LUZ MARINA RAMOS, plenamente identificada en autos las mejoras en el estado en que se encuentra, y dejando los bienes previamente inventariados en posesión del Depositario Provisional nombrado al efecto, a quien se le hace saber las normas que debe cumplir contempladas en la Ley Sobre Depósito Judicial, todo administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.