DISPOSITIVA.
Por todas las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Control No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: : PRIMERO: Revisadas las actuaciones, se declara la aprehensión en situación de flagrancia del imputado JHON ALEXANDER MARQUEZ, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del COPP en concordancia con el artículo 44, numeral primero de la Constitución Nacional. SEGUNDO: Precalifica los delitos como Daño Genérico, previsto en el artículo 473 ordinal tercero del Código Penal, en perjuicio de la Alcaldía de Santa Cruz de Mora. TERCERO: Se ordena la prosecución de la presente causa por vía del procedimiento abreviado de conformidad con el artículo 373, segundo aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena la remisión de las actuaciones al Tribunal de Juicio, cuando la presente decisión quede firme. CUARTO: Se.....