Este Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se traslado y constituyó en el sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÓN. Este Juzgado desocupado totalmente como encontró el inmueble consistente en un galpón, y visto el pedimento hecho y en cumplimiento de la comisión conferida, lo entregó formalmente a la parte actora Abg. Tommaso Di Modugno Montaruli, en su condición de Apoderado Judicial de la propietaria del mismo Ciudadana: Anna Montarulli Di Modugno, tal como lo establece el presente Mandamiento de Ejecución en su folio dos (02), quién estando presente lo recibió totalmente desocupado de personas y bienes, y acordó, devolver parcialmente cumplida la presente comisión al Comitente dejando en su lugar copia fotostática certificada de todas sus actuaciones para el archivo del Tribunal.