El Tribunal dictó sentencia declarando: Primero: DECRETA MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCION, solicitada por el ciudadano LIONEL ARMANDO BETANCOURT MACHIN, suficientemente identificado en actas, sobre las dos parcelas de terreno contiguas, ubicadas en el Sector Guayabones, Fundo la Chapala, Parroquia Eloy Paredes del Municipio Obispo Ramos de Lora del estado Bolivariano de Mérida, con una superficie de DOS HECTÁREAS CON MIL TRECE METROS CUADRADOS (2 ha con 1013 mt2), según el informe técnico, las cuales son parte del lote de más de cien parcelas dadas para la tramitación de adjudicación a la Asociación Civil "COLECTIVO DE PRODUCTORES SOCIALISTAS LA CHAPALA". Y así se decide.-
Segundo: El tiempo de la presente medida es por un lapso de ocho (08) meses contados a partir de la presente fecha, en virtud de la actividad desarrollada en dicha unidad de producción y de conformidad con el informe técnico presentado en el cual se desprende el ciclo biológico desarrollado en la refe.....