En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado del Municipio Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara con lugar la acción de Resolución de Contrato interpuesta por el ciudadano JULIO VARELA, contra la ciudadana MARY DEL SOCORRO GUZMAN, con el carácter de representante legal de FUNDACIÓN SANTOS BRICEÑO (FUNSABRI), identificados en autos.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada FUNDACION SANTOS BRICEÑO (FUNSABRI), a pagar la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,oo), por concepto de cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de Enero y Febrero de 2005 a SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.120.000,oo) mensual cada uno.
TERCERO: A entregar el inmueble objeto del contrato de arrendamiento completamente desocupado de bienes y de personas.
CUARTO: Se condena en costas.....