"En dicha oportunidad, el ciudadano JOSÉ ALIRIO NAVAS, ofreció como Obligación de Alimentos a favor de sus hijos, la suma de CIEN MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 100.000, oo) MENSUALES, a pagar los 15 días de cada mes a partir del 15 de Noviembre de 2.005, más dos bonos especiales por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 200.000,00) el Escolar para el mes de Octubre y DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 250.000,00), para el mes Diciembre, además de un ajuste anual de VEINTE MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 20.000,00) condicionados a la recepción d aumentos de salarió que reciba el obligado; cantidades que depositara en cuenta de ahorros que la madre aperturaza al efecto."
En consecuencia, este Juzgado de los Municipios Campo Elias y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo es.....