Este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la expresada Transacción y le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se da por resuelto el contrato de OPCIÓN DE COMPRA-VENTA celebrado entre las partes por ante la Notaría Pública Segunda de Mérida en fecha 03 de agosto de 2.006, inserto bajo el N° 28, Tomo 71, de los Libros de Autenticaciones que lleva dicha Notaría. No se acuerda la suspensión de la medida cautelar por cuanto la misma no llegó a decretarse. Certifíquense por auto separado las copias solicitadas. Se da por terminado el presente juicio.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se dictó auto certificando las copias solicitadas por las partes. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO