Por todo lo expuesto, este Tribunal, de conformidad con el artículo 263 y siguientes del Código de Procedimiento civil, le imparte su homologación, le otorga el carácter de Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Se ordena al ciudadano alguacil consignar los recaudos de citación que le fueron entregados para practicar la
citación de la parte Demandada. Certifíquese copia de la presente decisión para ser archivada en este Tribunal. Procédase al archivo del expediente una vez que el Alguacil consigne recaudos de citación.