este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA, por el ciudadana YUSMARY DEL VALLE SANTIAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.966.008, contra la Entidad del Trabajo ABASTO Y CARNICERIA MADALIZ, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, bajo el Nº 10, Tomo 19-B, de fecha 11 de junio de 2009, en la persona del ciudadano CIRO MONTES PEREIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.437.482, en su condición de propietario, por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.