Por las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Declara con lugar la solicitud realizada por la Fiscalía Decima Séptima del Ministerio Público, en tal sentido se acuerda librar ORDEN DE APREHENSION de conformidad con el articulo 310.3 Código Orgánico Procesal Penal en contra del imputado WILKIN KEIVER CHOURIO ULLOA, venezolano, titular de la cédula de identidad V.- 23.891.113, natural de Tucani Municipio Caracciolo Parra y Olmedo del Estado Mérida, de 29 años de Edad:, estado civil: soltero, fecha de nacimiento 08-06-1993, Ocupación u oficio: agricultor, grado de instrucción 3er año aprobado, hijo de Marlene Ulloa de Chourio (f) y de Inocencio Ramón Chourio (f) residenciados en Tucani vía Zona nueva, Calle principal Casa N° 777, a dios casa de la Farmaci.....