DECLARA INADMISIBLE LA DEMANDA por DESALOJO, interpuesta por la ciudadana EDELMIRA CRUZ CONTRERAS asistida por la Abogado SOLANYEL YARI MORALES MORA. De conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de procedimiento Civil, se condena a la parte demandante al pago de las costas. En la misma fecha se publicó la anterior sentencia previo el pregón de ley, siendo las 2:30 de la tarde.