Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, el Divorcio conforme al criterio jurisprudencial emitido por la Sala Constitucional en fecha 02 de junio del año 2015 expediente número 12-1163, sentencia número 693, solicitado por los ciudadanos JACKELINE DEL VALLE GÓMEZ TENIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 18.818.441 confeccionista industrial, con domicilio en la Parroquia Presidente Páez, Estado Mérida y MIGUEL ERNESTO GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 13.336.190 de profesión T.S.U en construcción civil, c.....