Por consecuencia, tomando en consideración lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero: no admitiéndose así la precalificación del delito de Lesiones Intencionales Menos Graves, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en razón de que como muy acertadamente lo ha señalado la defensa no consta en las actuaciones evidencia alguna que certifique que el ciudadano Julio César Rojas haya sufrido lesiones alguna o menos aún se puede determinar el tipo de lesión ocasionada, si fuera el caso. Segundo: en tal sentido, en el presente caso es procedente conforme a solicitado por la Representante Fiscal y con fundamento en el mencionado articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado c.....