Vista la transacción suscrita por las partes en el presente juicio que corre inserto a los folios veintitrés (23) y veinticuatro (24) del presente expediente, el cual fue celebrado por ante este Juzgado en fecha cuatro (04) de Agosto del año en curso, donde de común acuerdo y en fundamento a lo estipulado en los artículos 256 de la Vigente Ley Adjetiva Civil, suscriben la presente transacción en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRAS VENTA, intentara el ciudadano JOSE NABOR PERNIA PERNIA, en su condición de demandante, contra el ciudadano EMILIANO REINOZA VIELMA. En tal sentido solicitan del Tribunal se sirva HOMOLOGAR dicho auto Composición Procesal e impartirle el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada. En consecuencia, este Despacho, luego de un riguroso y minucioso análisis de los puntos que conforman este acuerdo de voluntades, llega al convencimiento procesal, que el mismo no vulnera el orden público, ni trasgrede ninguna disposición legal, qu.....