Visto el escrito de promoción de pruebas agregado a este expediente al folio 43, consignado por el Abogado, LUIS FERNANDO ZERPA BUSTOS, Venezolano, abogado en ejercicio, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V - 15.235.928, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado con el Nº 130.702, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano MARCO ANTONIO BASTO SUAREZ; este Tribunal estando dentro de la oportunidad legal para pronunciarse sobre la admisión de las pruebas conforme a lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a verificar la legalidad y procedencia de las pruebas promovidas a los fines de su admisión o no, de la siguiente manera:
DOCUMENTALES, Promueve el valor y merito jurídico del libro diario llevado por mi representado donde consta asentada la fecha en que el ciudadano ALEXANDER GUERRERO, se inicio como chofer de gandola propiedad de su representado, la fecha de cada viaje, el cost.....