PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos y motivos expuestos de esta decisión , éste TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL COORDINACION JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley . Declara:
PRIMERO: Se declara el Desistimiento del procedimiento que fuere manifestado por la ciudadana NOELIA JOSEFINA VALBUENA SANTAMARIA, en contra de la ASOCIACION DE PROMOCION DE LA EDUCACION POPULAR (APEP), por Cobro de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales.
SEGUNDO: Se declara Terminada la presente causa y se ordena el archivo de este expediente.