Este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Antonio Pinto Salinas de la Circunscripcion Judicial del EstadoMérida; con sede en Lagunillas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley embargar preventivamente los bienes muebles señalados declarando la desposesión juridica de conformidad con el Art. 536 del C.P.C.