Por Decisión N° 450/07 de esta misma fecha, se DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, contra el Imputado JESÚS MANUEL VERGARA RODRÍGUEZ, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, AMENAZAS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de las Ciudadanas OBDULIA TREJO MÉNDEZ y YENNI LORENA VERGARA RODRÍGUEZ. Se acuerda imponer Medida Cautelar Menos Gravosa a la Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el Tercer Aparte del artículo 93 en concordancia con los artículos 92 numeral 8 y 87 numerales 3, 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la aplicación del PROCEDIMIENTO ESPECIAL ESTABLECIDO EN LA PRECITADA LEY.-