"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano Franco Fralleone Chilelli, asistido por la abogada en ejercicio Milagros Arelis Carrillo Valero, contra el ciudadano Carlos Daniel Peña Barrios, ya identificados..."