Este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el bien mueble consistente en un congelador horizontal de dos puertas, marca WENCOLD, modelo CO20P, Serial No. 1909, propiedad del demandado de autos, ciudadano José Félix Guerrero Márquez, DECRETA la desposesión jurídica del bien mueble embargado respecto al demandado y se traslada la posesión jurídica al Depositario Provisional nombrado al efecto, a quien se le hace saber las normas que debe cumplir contempladas en la Ley sobre Depósito Judicial, y quien lo recibe en este acto en las condiciones descritas.-