En consecuencia este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción judicial Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY; DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio por mutuo consentimiento formulada por los ciudadanos LEONARDO ALBERTO PEREZ MENDEZ y MIRIAN DEL SOCORRO GOMEZ GARCIA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 8.084.944y V.-8.707.429 respectivamente, domiciliados el primero en el Municipio Rivas Dávila y la segunda en el Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según matrimonio Civil celebrado por ante el Registro Civil de la parroquia El Llano Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 24 de Agosto.....