DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA de Desalojo de Inmueble (local comercial) por falta de pago de cánones de arrendamiento de conformidad con lo preceptuado en el Ordinal "a" del Artículo 40 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley De Regulación del Arrendamiento Inmobiliario Para el Uso Comercial, incoada por el ciudadano ANGELO MICHELE MATTIA DI POPOLO, extranjero residente de nacionalidad Italiano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº E- 98.845, asistido por el Abogado RANDY SULBARÁN MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.034.168, inscrito en el Inpreabogado bajo Nº 52.683.
SEGUNDO: Como co.....