PARTE DISPOSITIVA
En orden a las consideraciones que anteceden, este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO signada con el número 1.462, inserta en los Libros de Nacimientos llevados por ante El Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, durante el año 1.982, correspondiente al CIUDADANO: ARMANDO RAFAEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, en el entendido de que en el Libro de Partidas de Nacimiento llevado en dicho Registro Civil, como en su duplicado que reposa en el Registro Principal del Estado Mérida, aparezca en lo sucesivo en dicha partida el segundo apellido del padre del solicitante en la forma siguiente: “VILLENAVE”, y no “VILIENAVE”, siendo como aparece en la partida de nacimiento asentada por ante el Registro Principal Civil de Nacimientos del Estado Mérida. Asimismo aparezca.....